Se debe suspender la transmisión de las conferencias de AMLO a partir del 4 de abril: Córdova

Actualidad Nacional

Por: Redacción Criterio Diario / Foto: Twitter @lorenzocordovav

Lorenzo Córdova Vianello Consejero Presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), declaró que a partir del 4 de abril de 2021 se deben de dejar de transmitir íntegras las conferencias matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Esto debido a que en esa fecha se da el inicio formal de las campañas políticas con el fin de garantizar la equidad en la competición.

“A partir de principios de abril, y en algunos casos incluso antes porque hay elección de Gobernador, y en esos Estados arrancarán antes las campañas, la transmisión íntegra de las conferencias mañaneras deberá suspenderse”

Mencionó que de acuerdo con el criterio vigente del INE, se ha validado en primera instancia por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que las conferencias presidenciales son parte de propaganda gubernamental.

“Las conferencias mañaneras del Presidente de la República se asume que son un espacio no sólo de información, sino también de promoción de los logros de Gobierno. Por lo tanto, el criterio vigente es que su transmisión integra es considerada como propaganda gubernamental, precisamente porque hace exaltación de las obras de un Gobierno determinado”.

El INE afirmó que aplicará con ese criterio la legislación electoral, que dice que “la propaganda gubernamental se tiene que interrumpir desde que arrancan las campañas hasta el final de la jornada electoral”.

Aclaró que la suspensión no afecta a la transmisión de fragmentos de la conferencia en los noticiarios, porque éstos constituyen materia de interés informativo.

“También es cierto que el Presidente de la República, como cualquier otro funcionario, está obligado por el artículo 134 de la Constitución a mantener el principio de imparcialidad y esto significa imparcialidad en el manejo de los recursos que tiene bajo su responsabilidad, incluyendo los programas sociales”, así como en su actuación y sus dichos.

La Comisión de Quejas del INE emitió una tutela inhibitoria para el mandatario. El 30 de diciembre de 2020, esta Comisión ordenó al Presidente que  “se abstenga de interferir desde sus conferencias de prensa en favor o en contra de actores político electorales”, de acuerdo con el artículo 134 constitucional, con el fin de resguardar el principio de equidad en el proceso electoral.