Garantizar el adecuado uso de los datos personales en la aplicación de vacunas

Criterios Paul Bonilla

En recientes días ha iniciado por parte del gobierno federal la aplicación de la vacuna al personal médico que está atendiendo la crisis sanitaria en todo el país, así como la aplicación a personas correspondientes al grupo poblacional de mayores de 60 años; de ellos se pidió previamente el registro en la plataforma https://coronavirus.gob.mx/vacunacion-covid/ donde solicitan ingresar tu Clave Única de Registro de Población conocida más como CURP como primer paso, inmediatamente la plataforma, conforme a la guía de registro, te solicita agregar un código postal, un teléfono de contacto, un correo electrónico tuyo o de tus familiares, en uno de los pasos (10) piden que esperes la llamada de tu servidor de la nación quien proporcionará fecha y lugar donde podrás vacunarte, en caso de que la vacuna sea en dos dosis, este personal se comunicará de nuevo con el beneficiario para la segunda aplicación. 

Que tiene de especial esto, ustedes me dirán, sin embargo, al revisar el “aviso de privacidad integral para el registro de candidatos y confirmación de cita para la aplicación de la vacuna contra el virus sars-cov-2”, nos informa que la finalidad con la que se recaba la información de esta plataforma tendrá por objeto “establecer la organización y distribución de las dosis a aplicar en los distintos puntos determinados para tales efectos, conforme a la estrategia establecida en la Política nacional rectora…” y apunta “para los efectos del registro no se recabarán datos personales sensibles”, lo cual en la metodología, y lo escrito en el documento rector publicado el 11 de enero de 2021 en su versión 4.0 , informa que la vacunación se estableció por etapas, de ellas en la segunda etapa (febrero 2021 – abril 2021) en su página 24 describe como se realizará la aplicación iniciando con personas adultas mayores de 60 años en los municipios más lejanos, segundo, personas adultas mayores de 60 años, residentes de municipios no ciudad capital y tercero, personas adultos mayores de 60 años residentes de municipios en ciudades capitales.

Uno pensaría que la información que recaba la plataforma para el registro sirve para generar información estadística y que ayude a tomar decisiones en las zonas de aplicación, sin embargo, no es así, la aplicación se realiza haciendo filas desde las primeras horas de la mañana con o sin cita en los centros de salud habilitados, ingresando de nuevo los datos de la CURP y tomando fotografías del rostro de la persona como evidencia de la aplicación, lo cual no viene registrado en la “Guía operativa de los módulos de Vacunación contra la COVID-19” con fecha de 5 de febrero de 2021, ya que la página 11 del mencionado documento informa únicamente que “se realizará el registro de cada vacuna aplicada en el formato digital a partir de la información brindada por el personal de enfermería (lote y fecha de caducidad)”, en caso de que la persona rechace al último momento la vacunación se registrará en el formato de evento. 

Por lo que respecta, no se debería estar tomando fotografías de los pacientes, ya que se estaría violentando el aviso de privacidad integral que manifiesta los datos a recabar así como la finalidad y la transferencia de los mismos al Registro Nacional de Población (RENAPO) de la Secretaría de Gobernación, ya que en su propio aviso informa que no resulta necesario la inclusión de mecanismos para manifestar su negativa para el tratamiento, pero si puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO); entonces no se entiende que quieren hacer con lo recabado y con la repetición de ingreso de la información. Sería pertinente que al igual que este programa nacional se hiciera énfasis en la creación, revisión de la seguridad con la que se recaban datos por parte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en virtud de que el derecho a la seguridad de los datos personales va de la mano con el derecho a la salud y la custodia de bases de datos debe ser primordial para asegurar el buen ejercicio del gobierno en la implementación futura de programas durante esta pandemia. 

Como recomendación al público lector, en materia de datos personales:

Revisen los avisos de privacidad simplificados o integrales de cada programa que participan, en la sección de finalidad pueden conocer los usos de su información, así como de las veces que entregan sus papeles a las instituciones públicas. 

Si hay personas afuera de los centros de salud que requieran información personal y que sea ajena al gobierno, siéntanse en su libertad de negárselas.

No se dejen intimidar o manipular por quienes desean obtener su información a cambio de una vacuna ilegalmente, denuncie ante la autoridad médica o ante el ministerio público los hechos o actos de los cuales fueron víctimas. 

¡Hasta pronto!

paulbonillatransparencia@outlook.com