Hacienda propone tasa cero para productos de gestión menstrual

Actualidad Nacional

Por: Redacción Criterio Diario / Foto: Twitter @NTPnewss

Este miércoles 8 de septiembre, el Subsecretario de Hacienda Gabriel Yorio, informó que la Ley de Ingresos 2022 contemplará una tasa cero del IVA para los productos de gestión menstrual, como lo son las toallas femeninas, las copas menstruales, tampones y otros similares.

De acuerdo con una versión filtrada de la Miscelánea Fiscal 2022, que es parte del Paquete Económico 2022 que se entregará más tarde al Congreso, Hacienda reconoce que, aunque la función del Estado es la protección y la promoción de la salud pública sin distinción, la realidad es que las necesidades no son iguales entre los ciudadanos y ciudadanas por razón de género. Entre estas diferencias está la menstruación, algo por lo que pasan las mujeres desde la juventud y cuyo ciclo se repite cada mes.

“Para atender este proceso natural existen en el mercado productos sanitarios, como son las toallas, tampones y copas sanitarias para uso menstrual. Dichos productos están gravados en el IVA con la tasa del 16%. El gravar los productos que atienden la menstruación significa que este impuesto tiene una incidencia económica en las mujeres por una condición biológica y natural del género femenino”, señaló la dependencia.

A pesar de que el IVA en estos productos afecta directamente a todas las personas del género femenino, Hacienda reconoció que dicho impuesto tiene una afectación, principalmente en las mujeres que están en situación de pobreza, por lo que propone reformar la Ley del IVA para que puedan aplicar a la tasa cero.

Esta propuesta surgió el año pasado, cuando diversas legisladoras, y el colectivo de Menstruación Digna presentaron una iniciativa durante la discusión del Paquete Económico 2021, en donde se propuso lo mismo.

“A pesar de ser artículos de primera necesidad, los productos de gestión menstrual están sujetos a la tasa de 16% del IVA. Desde una perspectiva de derechos humanos e igualdad de género, este tratamiento fiscal resulta discriminatorio y atenta contra el acceso a la salud, el mínimo vital, la vida digna, el trabajo y la educación de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas menstruantes”, decía esa iniciativa.