Suprema Corte de Justicia declara inconstitucional prohibir la venta de cigarros electrónicos

Actualidad Nacional

Por: Redacción Criterio Diario / Foto: Twitter @guerreroenvivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró como inconstitucional la prohibición de la venta de cigarros electrónicos y vapeadores que estaba restringida en la Ley General para el Control del Trabajo.

Con una mayoría de siete votos, los ministros resolvieron que la prohibición de la venta de estos artefactos es una medida inconstitucional y desproporcional que atenta contra la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad. De acuerdo con el ministro presidente, Arturo Zaldívar, esta prohibición “”impide totalmente el acceso a cualquier producto que emule los productos del tabaco, pero que no contenga sus derivados, como pueden ser cigarros electrónicos de nicotina y hasta un cigarro de chocolate”.

“Cualquier medida que el Estado adopte para proteger el derecho a la salud debe ser compatible con el derecho al libre desarrollo de la personalidad, lo que implica entre otras cosas, que debe proveerle siempre de la información relevante y oportuna para que esta persona adulta tome libremente las decisiones que afecten su salud, y respetar esa decisión, aunque implique dañar su salud,” agregó la ministra Norma Piña.

Actualmente, hay 14 amparos que decretan que es inconstitucional la importación de vapeadores que solicitaron personas físicas y dos amparos adicionales de comerciantes que ya tienen la resolución provisional.

La decisión tomada por la SCJN asegura que los importadores cuentan con amparo en caso de que se les intente retener la mercancía, y podrán argumentar que hay una contradicción porque ya se resolvió que está permitida la venta de estos productos.