Personal del MP que manipule y entorpezca delitos contra mujeres serán sancionados<

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Por: Redacción Criterio Diario / Foto: periodismohoy.com

Con el propósito de sancionar a  personas que impidan, manipulen o entorpezcan las investigaciones de denuncias de cualquier delito en contra de la mujer o violencia, la diputada local PRI, Laura Ivonne Zapata Martínez, presentó esta iniciativa ante el Congreso de Puebla para su aceptación, en el que se reformaría el artículo 421 en conjunto con el 424 BIS del Código Penal del Estado de Puebla, con el fin en perspectiva de género y crear acciones con el fin de prevenir y sancionar conductas inapropiadas que atenten contra las mujeres, así lo indicó la diputada: “La modificación al artículo 421 pretende catalogar como delito que afecta la procuración y administración de justicia: negarse a recibir una denuncia, obstaculizar, entorpecer, dilatar o integrar de manera incorrecta una carpeta de violación, feminicidio, violencia familiar u otros delitos contra las mujeres”, así mismo se planteó en la reforma del artículo 421 lo siguiente: “XI BIS. – Negarse a recibir una denuncia; así como obstaculizar, entorpecer o dilatar la investigación, o integrar de manera incorrecta una carpeta de investigación en aquellos delitos como violación, feminicidio, violencia familiar o todos aquellos que tengan que ver con la violencia contra las mujeres”.

Para simplificar esta reforma dice que las personas que realicen estos delitos pasarán de 2 a 6 años de prisión, así como pagar una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de los 48 mil 110 pesos hasta los 96 mil 220 pesos.

Esta medida fue tomada debido a que agentes del ministerio Público han revictimizado a las víctimas entorpeciendo las investigaciones e integrando falsamente las carpetas de investigación, por lo que al llegar al juicio como proceso penal, esto quedan impunes y no sancionan a los responsables.