Por: Redacción Criterio Diario / Foto Twitter: @PanAmPost_es
De acuerdo con la Fiscalía de Perú, Pedro Castillo está acusado de la comisión de delitos contra los Poderes del Estado, así como de querer violentar el orden constitucional en su condición de presidente.
Todos los delitos son en la modalidad de rebelión y en agravio del Estado, según lo que indica el Código Penal de Perú, en artículo 346.
“El que se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años”.
Ayer, antes de que las fuerzas armadas y la policía le dieran la espalda y lo detuvieran, Pedro Castillo ordenó disolver al Congreso y planteó un gobierno de excepción. El propio Congreso al que Castillo ordenó disolver se la volteó al destituirlo y con ayuda de las fuerzas armadas se logró la detención del ahora expresidente.
Además del delito de rebelión, Pedro Castillo enfrentaría cargos por conspiración en agravio del Estado por el cual podría ser condenado a una pena no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trataba de perpetrar. Es decir, si lo condenan a 20 años por rebelión, por conspiración podrían ser menos de 10.
“Condenamos el quebrantamiento del orden constitucional. La Constitución Política del Perú consagra la separación de poderes y establece que el Perú es una república democrática y soberana (…) Ninguna autoridad puede ponerse por encima de la Constitución y debe cumplir sus mandatos constitucionales”.
“Cabe indicar que en octubre pasado, fue denunciado por la Fiscalía de la Nación por dirigir una presunta organización criminal enquistada en el Gobierno, cuyo finalidad era copar, controlar y direccionar procesos de contratación en diferentes estamentos del Estado para obtener ganancias ilícitas”.