Por: Redacción Criterio Diario / Foto: X: @redlamorada_ac
Entre 2024 y lo que va del 2025 se han realizado en Puebla 388 procedimientos para la interrupción del embarazo (aborto), luego de que se despenalizó esta práctica en el Congreso local; en el mismo tiempo se han practicado otros 17 relacionados con víctimas de violencia sexual.
Así lo dio a conocer, en la rueda de prensa de este lunes encabezada por el gobernador Alejandro Armenta Mier, el secretario de Salud (SS), Carlos Alberto Olivier Pacheco, quien agregó que estás cifras recabadas entre las diferentes instituciones.
Sin embargo, hizo énfasis en que el IMSS Ordinario no ha proporcionados información de los procedimientos que ha realizado.
En ese tenor, el secretario informó que se enero a diciembre del 2024 se contabilizaron 244 procedimientos de interrumpir legal del embarazo (ILE) , de los cuales 227 se llevaron a cabo en el Hospital de la Mujer de Puebla, que representa la mayoría de los casos.
Mientras que de enero a abril de este 2025 la dependencia a su cargo ha contabilizado 144 procedimientos, de los cuales 127 abortos se practicaron el mismo nosocomio.
De igual forma, hizo énfasis en que se realizaron 17 interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) relacionados con violencia sexual, de los que 14 fueron el año pasado y los otros tres abortos este 2025 en Puebla.
Es de mencionar que fue el 15 de julio del 2024 cuando el Congreso aprobó modificaciones en los artículos 339, 340 y 343 del Código Penal para que las mujeres puedan practicarse el aborto hasta las 12 semanas de gestación. Mientras que fue el octubre de dicho año cuando se publicó en el Periodo Oficial del Estado (POE).
Los nosocomios donde se práctica son el Hospital de la Mujer de Puebla; Hospital de la Mujer y Neatología de Tehuacán; el IMSS de zona 20 de La Margarita, el de zona 35 de Cuautlancingo, el Hospital Regional del Issste y el de Especialidades 5 de Mayo del Issstep.
Cabe resaltar que el protocolo que se sigue para realizar esta práctica, es que toda persona con capacidad de gestar, con un embarazo menor de 12.6 semanas, lo puede solicitar en la unidad médica de la derechohabiencia que le corresponda.
Posteriormente, se confirma gestación intrauterina y semanas de gestación mediante ultrasonido, lo cual deberá acudir con uno realizado por personal capacitado en la materia y si no cuenta con uno se programará “rastreo” por gineco obstetra de la unidad.
Además, se da orientación de consejería sobre el mejor tratamiento basado en semanas de gestación de la persona y algunos aspectos médicos como alergia a alguno de los componentes de los medicamentos.
De igual forma, antes de iniciada la interrupción legal del embarazo se debe contar con el consentimiento informado debidamente requisitado y firmado para que se le dé seguimiento posterior al procedimiento para verificar que no haya complicaciones.

