Por: Redacción Criterio Diario / Foto: X: @earoche
Periodistas, abogados y defensores de derechos humanos urgieron modificar la “Ley contra el ciberasedio” que corresponde al artículo 480 del Código Penal de Puebla para evitar criminalizar opiniones críticas y proteger la libertad de expresión.
El artículo 480 del código penal establece que el ciberasedio es un delito en el que, “a través de tecnologías de la información, comunicación, redes sociales u otros espacios digitales, se insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona de manera reiterada para causarle daño, amenazando su integridad física o emocional”.
La pena oscila entre 11 meses y 3 años de prisión, además de una sanción económica equivalente a 300 días del valor diario de la unidad de medida.
Por lo anterior, es necesario precisar y eliminar las ambigüedades que eximan del delito a la difusión de opiniones críticas, comentarios por parte de ciudadanos, periodistas, activistas al cuestionar y opinar sobre políticos, funcionarios públicos o empresarios, para evitar su penalización.
De no hacerse, se retrocedería en el derecho a la libertad de expresión, por el cual se ha luchado durante años.
Así, cualquier denuncia, comentario u opinión que un político, empresario o funcionario considere injurioso, insultante, ofensivo o lesivo para su integridad emocional, podría ser motivo de encarcelamiento.
En el caso de los adolescentes, quienes debido a una educación insuficiente manifiestan actitudes ofensivas, como bullying, acoso, discriminación, odio, racismo o clasismo hacia sus compañeros u otras personas, podrían ser criminalizados en lugar de abordar su compartamiento desde el problema de fondo.
Estas posturas fueron compartidas por los participantes del foro sobre la “Ley contra el ciberasedio“, realizado en el Congreso del estado de Puebla este 20 de junio, quienes coincidieron en la necesidad de modificar el texto de la legislación.