Por: Redacción Criterio Diario / Foto: Reuters
Este martes 12 de enero, es cuando entrará en vigor la nueva ley de teletrabajo, la cuál establece que los patrones que estén ocupando esta forma de trabajo, deberán de otorgar un contrato por escrito, otorgar todas las herramientas necesarias para que el trabajador desempeñe sus funciones desde su casa. Así como respetar el derecho a la desconexión al término de la jornada laboral y que el trabajador debe de estar inscrito en el régimen obligatorio de la seguridad social.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá 18 meses para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia se seguridad y salud en el trabajo para el teletrabajo.
Por su parte, la Secretaria del Trabajo Luisa María Alcalde Luján, declaró que esta ley es todo un reto para el mundo del trabajo, ya que el teletrabajo creció de manera importante ante la emergencia sanitaria por COVID-19, por lo cuál fue resuelto por el legislativo.
Los patrones que no cuenten con un contracto colectivo de trabajo, deberán incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo, establecer mecanismo que garanticen la vinculación y contacto entre las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad.