En el marco de la conmemoración del centenario de las constituciones políticas, tanto federal como local, en el año 2017, el Congreso del Estado, a través del Instituto de Investigaciones Legislativas, Financieras y Socioeconómicas, proyectó una serie de acciones y eventos para evocar dichos acontecimientos, ambos con impacto vigente en la vida institucional de México y Puebla.
Entre estas acciones se encontraban: implementar la Comisión Especial Conmemorativa (con un plan de trabajo específico); designar al mismo instituto con el de un poblano universal “Gilberto Bosques Saldívar”; colocar en el Muro de Honor la leyenda “Constituyentes de 1917”; y, desde mi punto de vista, la más relevante de todas, la actualización de la versión en Náhuatl de nuestra constitución local.
En dicho proyecto, por su propia naturaleza, confluyeron también las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales; de Asuntos Indígenas; y, la Junta de Gobierno y Coordinación Política. Todos órganos legislativos que, en un ejercicio de colaboración, para tal efecto, firmaron un convenio con el Instituto Nacional de las Lenguas Indígenas que se ejecutaría, por parte del Congreso, por el Instituto de Investigaciones Legislativas.
¿Por qué actualizar la traducción al Náhuatl de nuestra Constitución? En la mente de quienes colaboramos en aquel momento en el IILFS, se encontraba fuertemente enraizada la idea de avanzar hacia una cultura de la legalidad en el estado (por diversas razones, dentro de las más poderosas era que teníamos a la mano estudios, sobre todo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM que, por medio de encuestas identificaron un muy bajo nivel de cultura de la legalidad en todo el país), y ello definitivamente transitaba por la construcción de un marco normativo incluyente, con todo lo que ello implica, haciendo en aquella ocasión énfasis en integrar plenamente a los pueblos y comunidades indígenas que conforman nuestro estado. Sin duda una idea muy ambiciosa.
Para comenzar a estructurar la actualización de la traducción, se llevó a cabo un breve escudriñamiento por parte del IILFS, denominado “Hacia una Constitución incluyente. Diagnóstico para la Actualización de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla”, mismo que se encuentra en el portal institucional del Congreso.
Entre otros datos relevantes, producto de la investigación, se citan los siguientes:
La versión en Náhuatl de la Constitución local databa de 1982, fue auspiciada, al parecer, por el entonces Gobernador Guillermo Jiménez Morales. El archivo electrónico se encontraba resguardado en el portal de transparencia del Gobierno del estado, así como en la página web del Congreso.
De la versión del año de 1982 al texto normativo del 2017, nuestra Constitución había sufrido variaciones que se materializaban en: 69 artículos sin cambios o alteraciones y, 74 artículos reformados parcial o totalmente. Más de la mitad del articulado constitucional había sido modificado.
Así se determinó la actualización de la traducción. Había un desfase temporal de 34 años de la traducción del texto constitucional, tan sólo un ejemplo del olvido en el que siempre se tiene a los indígenas.
Luego de un tiempo razonable para la ejecución del proyecto, se culminó el mismo con la entrega de una edición especial en un acto protocolario. Seguramente existen ejemplares de esa edición en la Biblioteca del Poder Legislativo.
Sin embargo, el esfuerzo realizado hasta ese entonces llegó ahí. Quedó pendiente su publicación masiva, así como su difusión por todos los medios posibles, incluidos los digitales, pero sobre todo, como ocurre con otro tipo de ordenamientos, quedó pendiente su socialización con el pueblo de habla Náhuatl en nuestra entidad. Incluso, hoy en día, no aparece en la página “Orden Jurídico Poblano”, plataforma digital de difusión del marco normativo en la entidad.
“Los sin razón” (una de las muchas expresiones despectivas con las que se les ha tratado), son nuestros pueblos y comunidades indígenas. El artículo 13 constitucional local señala que, somos una entidad pluricultural y multiligüística, sustentada en los: Náhuas (con 9 variantes lingüísticas en las distintas regiones del estado[1]), Totonacas o Tutunakuj (cuentan con más de 100 mil hablantes y se enuentran en municipios como Atlequizayán, Caxhuacan, Huehuetla, Hueytlalpan, Ixtepec, Jonotla, Nauzontla, Olintla, entre otros[2]), Mixtecas o Ñuu Savi, Tepehuas o Hamaispini, Otomíes o Hñähñü (con más de 40 mil hablantes asentados en Z. Mena, Honey, Jalpan, Pantepec, Tlaxco, entreo otros[3]), Popolocas o N´guiva y Mazatecas o Ha shuta (con alrededor de 5 mil hablantes oriundos de: Coyomeapan, zonas de Ajalpan, Tlacotepec de Díaz, entre otros*).
Su reconocimiento constitucional, a nivel federal como local, es el resultado de una lucha histórica, multifactorial y diversa que, tuvo su momento más álgido en 1994 con el levantamiento en armas del Ejército Zapatista de Liberación Nacional en el estado de Chiapas. De ese momento a la fecha su presencia en el marco normativo de nuestra nación ha ido tomando el lugar que justamente les corresponde. Es de reconocerse que, en el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, el pasado 9 de agosto, el Congreso del Estado en conjunto con la Universidad Intercultural del Estado de Puebla, hayan entregado las traducciones de la Constitución Local en las lenguas:
Totonaca o Tutunakuj; Popoloca o N´guiva; así como una nueva actualización a la versión en Náhuatl.
Refleja un ánimo de continuidad a lo iniciado en el año 2017 por la pasada legislatura y, a la vez, seguro plantea nuevos horizontes para avanzar en la inclusión lingüística de nuestro marco normativo local. Esperamos, una vez más, que estos documentos sean sujetos de la más amplia publicación y difusión, a fin de cumplir plenamente con el objetivo para los que fueron concebidos.
josimar.alejo@criteriodiario.com
[1] De acuerdo a información proporcionada por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas en el año 2017
[2] Ibid
[3] Ibid