La Coalición Legislativa

Criterios Josimar Alejo

La Ley Orgánica del Poder Legislativo vigente, fue un parteaguas (al menos en la letra) en la historia del Congreso del Estado. Además de contemplar la transformación de la Junta de Gobierno y Coordinación Política y el replanteamiento del Instituto de Investigaciones Legislativas, Financieras y Socioeconómicas Gilberto Bosques (como se habló en anteriores ocasiones en este mismo espacio), significó la oportunidad para explorar la inserción de nuevos esquemas de organización política parlamentaria como: las restricciones de la congeladora legislativa, la ampliación del número de comisiones y comités, la permuta parlamentaria, la coalición legislativa, entre otras. 

La Coalición legislativa surgió como una propuesta en la iniciativa de ley que entonces se presentara a la LVIII Legislatura, misma que resultó ser aprobada. Surgió a consecuencia de la integración plural de aquel Congreso, en el cual había un bloque identificado con los grupos legislativos de Acción Nacional, Nueva Alianza, Partido de la Revolución Democrática y Convergencia (hoy Movimiento Ciudadano). 

Trató de ser, en su momento, una amalgama que pudiera unificar bajo un mismo conjunto, el proyecto aliancista en la misma legislatura, incluso con intenciones institucionales como lograr el dominio de la Junta de Gobierno. Se definió desde entonces en el artículo 89 quedando de la siguiente manera: 

“Los Grupos y Representaciones Legislativas podrán asociarse entre sí, a efecto de conformar una Coalición Legislativa con la denominación que acuerden. 

Las Coaliciones Legislativas se constituyen con la finalidad de establecer e impulsar agendas legislativas.”

Y para efectos de su constitución, se debe observar lo dispuesto en el articulo 90: 

“… podrá constituirse mediante convenio suscrito por los Diputados integrantes de los Grupos y/o Representaciones Legislativas y deberán comunicar su constitución a la Mesa Directiva quien lo hará del conocimiento del Pleno en la sesión ordinaria posterior a la comunicación.” 

Desde la entrada en vigor de la ley hasta la presente legislatura, no he sabido de algún bloque que haya usado (al menos no formalmente) esta figura parlamentaria. En los hechos si han existido frentes que se comportan en algunas ocasiones de manera uniforme (cuestión que se puede notar en el sentido de las votaciones). También ocurre con frecuencia que diversas iniciativas se vean respaldadas por grupos legislativos en su totalidad (ya sea de una fuerza mayoritaria o minotitaria). Sin embargo, no existe una cohesión permanente y total que pudiera asimilarse a un comportamiento de coalición legislativa. 

Podemos citar aquí algunos ejemplos: durante la LVIII Legislatura el bloque aliancista (mayoría) conformado por PAN, Nueva Alianza y PRD; en la LIX Legislatura el bloque PAN, CPP (Partido Compromiso por Puebla), Nueva Alianza; y, en la LX Legislatura con el bloque mayoritario encabezado por MORENA, PT y PES y, en la oposición el bloque que se autodenominó “Somos 5 y Puebla nos une” (PRD,MC y CPP). Los que a pesar de mostrar uniformidad en agenda y votaciones (en su mayor parte), no han usado la figura mencionada. 

De 2010 a la fecha las coaliciones electorales han estado presentes con mayor énfasis en nuestra entidad. Antes ya lo estaban a nivel federal. Se ha manejado incluso, como un estandarte en la opinión pública, la contradictoria relación expresada en coaliciones como la que en su momento propició la primera alternancia en la entidad, entre el PAN y PRD. 

Lo cierto es que hoy tenemos nuevamente estas opciones electorales en competencia. A nivel federal estaba cocinándose una coalición entre MORENA, PT y PVEM, al igual que la que se concretó (de manera histórica) entre PRI, PAN y PRD. A nivel local ocurriría algo similar, solo que, de último momento el PVEM decidió competir solo, al menos en las candidaturas a diputaciones (aún queda la posibilidad de la configuración de candidaturas comunes). 

Sería muy interesante que, lejos de la crítica que se ha hecho sobre la construcción de coaliciones como la de “Va por México” y “Va por Puebla” (PRI, PAN y PRD), en la cual se califica de meramente política y no programática, estas fuerzas logren crear una agenda legislativa común, con los asuntos más importantes para los poblanos. 

En su caso también, aunque ha sido menos criticada la coalición MORENA-PT por su posición en el espectro político (izquierda), podría hacer uso de una agenda común que sistematice sus esfuerzos en su afán de cambiar disposiciones legales.  

En el caso de ser favorecidas cualquiera de estas coaliciones en el Congreso Local, en un ejercicio de congruencia con quienes así determinen despositarles su confianza en las urnas, podrían optar por fortalecer su postura y ordenarla de acuerdo a las prioridades de los representantes populares y sus partidos. 

El uso de las Coaliciones Legislativas (con énfasis en la construcción de agendas comunes) en la configuración, en su momento, de los bloques parlamentarios, podría abonar a la rendición de cuentas de los representantes hacia sus representados. Con objetivos comunes y claros, será más sencillo poder responder a las demandas de la población que seguro serán recogidas en los meses por venir en virtud de las inminentes campañas electorales, además, claro está de la propia plataforma electoral que han registrado ante las instancias electorales. 

Lo único que ha faltado para cristalizar la Coalición Legislativa como esquema de asociación parlamentaria ha sido la voluntad, lo demás es sólo un trámite.

josimar.alejo@criteriodiario.com